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Derechos de los residentes

Garantizar Calidad de Vida

La Ley de Reforma de Hogares de Ancianos de 1987 exige que cada hogar de ancianos cuide a sus residentes de una manera que promueva y mejore la calidad de vida de cada residente, garantizando dignidad, elección y autodeterminación.

Todos los hogares de ancianos deben "proporcionar servicios y actividades para lograr o mantener el mayor bienestar físico, mental y psicosocial posible de cada residente de acuerdo con un plan de atención escrito que... se prepara inicialmente, con participación, en la medida de lo posible". del residente, de su familia o de su representante legal.” Esto significa que la salud o el bienestar de un residente no deben deteriorarse como resultado de la forma en que el centro de enfermería brinda atención.

La Ley de Reforma de Hogares de Ancianos de 1987 protege los siguientes derechos de los residentes de hogares de ancianos:

El derecho a estar plenamente informado de

  • Servicios disponibles y los cargos por cada servicio.

  • Normas y reglamentos de las instalaciones, incluida una copia escrita de los derechos de los residentes.

  • Dirección y número de teléfono del Defensor del Pueblo del Estado y de la agencia estatal de encuestas

  • Informes de encuestas estatales y plan de corrección del asilo de ancianos

  • Planes anticipados de un cambio de habitaciones o compañeros de piso

  • Asistencia si existe una discapacidad sensorial.

  • Los residentes tienen derecho a recibir información en un idioma que comprendan (español, braille, etc.)

Derecho a quejarse

  • Presentar quejas al personal o a cualquier otra persona, sin temor a represalias y con esfuerzos rápidos por parte del centro para resolver esas quejas.

  • Para presentar una queja ante el programa de defensoría del pueblo

  • Para presentar una queja ante la agencia estatal de inspección y certificación.

Derecho a participar en el propio cuidado

  • Recibir atención adecuada y adecuada.

  • Estar informado de todos los cambios en la condición médica.

  • Participar en su propia evaluación, planificación de la atención, tratamiento y alta.

  • Rechazar medicación y tratamiento.

  • Rechazar las restricciones químicas y físicas.

  • Revisar el historial médico

  • Estar libre de cargos por servicios cubiertos por Medicaid o Medicare

Derecho a la Privacidad y Confidencialidad

  • Comunicación privada y sin restricciones con cualquier persona de su elección.

  • Durante el tratamiento y cuidado de las necesidades personales.

  • Respecto a asuntos médicos, personales o financieros

Derechos durante Transferencias y Altas

  • Permanecer en el centro de enfermería a menos que un traslado o alta:

    • (a) es necesario para satisfacer el bienestar del residente:

    • (b) es apropiado porque la salud del residente ha mejorado y ya no requiere atención en un asilo de ancianos:

    • (c) es necesario para proteger la salud y seguridad de otros residentes o personal;

    • (d) se requiere porque el residente no ha pagado, después de un aviso razonable, el cargo de instalación por un artículo o servicio proporcionado a solicitud del residente

  • Recibir un aviso de transferencia o alta de treinta días que incluya el motivo de la apelación y el nombre, dirección y número de teléfono del defensor del pueblo estatal para cuidados a largo plazo.

  • Traslado o alta segura mediante una preparación suficiente por parte del asilo de ancianos.

Derecho a la Dignidad, el Respeto y la Libertad

  • Ser tratado con consideración, respeto y dignidad.

  • Estar libre de abuso físico y mental, castigo corporal, reclusión involuntaria y restricciones físicas y químicas.

  • A la autodeterminación

  • Seguridad de posesiones

Derechos de visita

  • Por el médico personal del residente y representantes de la agencia estatal de encuestas y los programas del defensor del pueblo

  • Por familiares, amigos y otras personas elegidas por los residentes.

  • Por organizaciones o personas que brindan servicios de salud, sociales, legales o de otro tipo.

  • Los residentes tienen derecho a rechazar visitas.

Derechos a tomar decisiones independientes

  • Tomar decisiones personales, como qué ponerse y cómo pasar el tiempo libre.

  • Adaptación razonable de las necesidades y preferencias de cada uno.

  • Elige un medico

  • Participar en actividades comunitarias, tanto dentro como fuera del asilo de ancianos.

  • Organizar y participar en un Consejo de Residentes

  • Gestionar los propios asuntos financieros.

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